Exposición «La Laguna de la Janda»: El conflicto de la propiedad y el futuro de la Laguna

Desde el final del periodo islámico la Laguna de la Janda fue de titularidad real hasta que en 1307 el rey Fernando IV, a cambio de Zafra y Falconera en Extremadura, dio la villa de Vejer con todas sus tierras montes y aguas a D. Alfonso Pérez de Guzmán (Guzmán el Bueno) progenitor de los duques de Medina-Sidonia, pero con la condición del respeto de los privilegios antes concedidos a sus pobladores entre los cuales estaban los del uso comunal de los pastos de la Laguna de la Janda y sus alrededores. La jurisdiccionalidad ducal se mantiene con continuos conflictos con los vecinos de Vejer hasta que en 1566 la Real Chancilleria de Granada resuelve el caso mediante un auto a favor de los vecinos otorgando a estos la propiedad de los terrenos.

En 1822 esta titularidad comunal de los terrenos fue sin embargo ignorada y, con la oposición de los vecinos de Vejer, el Gobierno de España mediante Real Orden otorgó a D. Segismundo Moret una concesión para la “desecación del llano inundado que ocupan las aguas de la laguna de la Janda y terrenos demarcados”. En 1825 Moret amojonó y tomó posesión de los terrenos y en 1830 una nueva Real Orden le otorgó definitivamente a él y sus herederos y sucesores la propiedad de los terrenos desecados. En 1829 Moret encargó al ingeniero Larramendi la ejecución de las obras necesarias para desecar la laguna y aunque llegaron a construirse varios canales estos no fueron suficientes para conseguir el objetivo de desecar la laguna y rápidamente quedaron colmatados.

La Laguna de la Janda antes de la desecación
(Edición de 1917 del Mapa Topográfico Nacional).

En 1879 se promulgó una Ley de Aguas que establece que son de dominio público todas las corrientes naturales, los cauces y riberas de los ríos, en tanto que los lagos, lagunas y charcas son de propiedad del dueño del terreno.  Algunos años después, en 1918, con el fin de favorecer la puesta en cultivo de terrenos considerados improductivos se promulgo la Ley de Desecación y Saneamiento de Lagunas, Marismas y Terrenos Pantanosos, hoy conocida como Ley Cambó.   

Al amparo de la Ley Cambó comenzaron a desarrollarse planes para desecar la mayoría de los grandes humedales de España y así mediante Decreto del Jefe del Estado de 1946 se otorgó a la empresa Colonias Agrícolas S.A. la concesión desecación de la Laguna de la Janda.

Plano de las obras del proyecto desecación de la Janda elaborado por el Ingeniero José Agustín de Larramendi en 1829. Archivo General del Ministerio de Fomento .

La concesión otorgada a Colonias Agrícolas indicaba que el concesionario quedaría dueño de los terrenos saneados de carácter privado en tanto que los de carácter público, una vez acreditado su saneamiento, podrían ser inscritos a su nombre en el Registro de la Propiedad, pero con la condición de que revertirían al Estado a los 99 años.  Previamente a iniciar los trabajos de desecación fue preciso por tanto determinar de quien era la titularidad de los terrenos afectados y para ello se realizaron en 1949 los correspondientes actos de deslinde administrativo de los terrenos públicos que comprendiendo una superficie de 8.474 Has. fueron aprobados por Orden Ministerial en 1961 y posteriormente, tras ser recurridos por los propietarios colindantes, ratificados por Sentencia del Tribunal Supremo en 1967.

Plano del deslinde de los terrenos públicos de  la Laguna de la Janda
Confederación Hidrogáfica del Guadalquivir. Año 1949

La reiterada oposición y presión ejercida por quienes alegaban ser legítimos propietarios de los terrenos deslindados como públicos hizo en la práctica imposible que por parte de Colonias Agrícolas se pudiesen cumplir los plazos fijados en la concesión administrativa por lo que en 1954 mediante sucesivas Órdenes Ministeriales se revocó la concesión otorgada y posteriormente se anuló dicha revocación y se obligó a Colonias Agrícolas a traspasar la misma a la empresa Lagunas del Barbate S.A.

Mediante Decreto de 21 de diciembre de 1962 el Estado declaró la urgente ocupación de los terrenos a desecar por Lagunas del Barbate S.A. y en 1964 comenzaron las obras de desecación sin embargo ese mismo año mediante el Decreto 2592/1964 el Estado procedió al rescate de la concesión en su día otorgada, inicialmente a Colonias Agrícolas S.A. y luego traspasada a Lagunas del Barbate S.A., ya que las obras de drenaje previstas resultaban  incompatibles con el nuevo objetivo Estatal de crear una zona regable de 20.000 Has. sumando, mediante un trasvase, a las aguas de la cuenca del río Barbate parte de las del Guadiaro y el Guadarranque.

Decreto 2592/1964 estableció  que se asumía por parte del Estado la continuación de las obras ya en marcha adaptándolas en su ejecución a los objetivos de un nuevo “Proyecto General de Obras de desecación, contención de avenidas y regulación de la cuenca del río Barbate y de sus afluentes”,  que debía indemnizarse a los anteriores concesionaros por las obras ya realizadas y perdidas de derechos, que los terrenos afectados por el nuevo proyecto mantendrían su titularidad siempre que sus propietarios contribuyesen al coste total de las obras ya que si no los mismos les serían expropiados, y que, una vez finalizadas las obras de desecación, los terrenos de titularidad pública afectados y así mismo aquellos que hubiesen sido expropiados por ser necesarios para el objetivo del proyecto quedarían incorporados al Patrimonio del Estado. 

Pese a lo establecido en el referido Decreto los terrenos públicos afectados por las obras de desecación, 8.474 Has. según los deslindes ratificados por el Tribunal Supremo en sentencia de 1967, en la práctica y por la inacción de la administración no han sido incorporados al Patrimonio del Estado permaneciendo desde su desecación en manos privadas tras su puesta en explotación agrícola por los antiguos concesionaros en la década de 1960.

La Laguna de la Janda es en la actualidad es una gran llano cultivado surcado por canales. (Edición de 2003 del M.T.N.)

En la actualidad y desde su creación en 1994 la Asociación de Amigos de la Laguna de la Janda con el apoyo de importantes colectivos sociales y ecologistas lidera distintas acciones divulgativas, reivindicativas,  administrativas y legales con el objetivo de que las Administraciones, autonómica y estatal,  ejerzan sus competencias y se reincorporen al Patrimonio del Estado los terrenos de la Janda deslindados como públicos y que posteriormente se proceda a la restauración ambiental de una parte sustancial de los antiguos humedales de forma que sea compatible con el desarrollo sostenible de la comarca.

I Marcha por la recuperación de las Lagunas de la Janda celebrada el 2 de febrero de 2019.

 Información adicional en:

www.blog.lagunalajada.org

Facebook de la Asociación Amigos de la Laguna de la Janda